viernes, 30 de agosto de 2019

ABOGADO DE DIVORCIOS EN ALICANTE - m&n



Molina Navarro 
 ABOGADOS DE DIVORCIOS EN ALICANTE



Ética, Experiencia, Compromiso y atención personalizada.



Somos un despacho jurídico altamente especializado en el ámbito del Derecho de Familia. Actuamos en todo tipo de procedimientos Matrimoniales o de Familia (DIVORCIOS, SEPARACIONES, CUSTODIA HIJOS MENORES, LIQUIDACIÓN BIENES…).



Para ofrecer un mejor servicio a nuestros clientes disponemos de despachos profesionales en Alicante, San Juan y Elche.



PIDE CITA Y LLAMANOS AL 650 59 44 46



Al contrario que otros muchos despachos, nos encontramos especializados en exclusiva en el Derecho de Familia. Sabiendo en todo momento comprender las necesidades de nuestros clientes, adelantándonos en las posibles vías de actuación y resoluciones judiciales, gracias a nuestra experiencia en la materia y dedicación. Actualmente somos, el despacho de divorcios mejor valorado por los usuarios de Google en la provincia de Alicante y ello es debido a nuestro alto ratio de resoluciones favorables hacia nuestros clientes y de que estos en todo momento se sientan arropados y comprendidos por los profesionales que atienden su caso.



Entre nuestras especialidades, podemos destacar, la tramitación de todo tipo de procedimientos de  divorcio:


Divorcio de mutuo acuerdo, tanto con hijos como sin ellos.

Divorcio Contencioso, siendo en estos procedimientos determinante un buen asesoramiento y defensa.



Por último, destacar que todos nuestros presupuestos son cerrados y por escrito, sabiendo en todo momento el cliente lo que le costará el procedimiento y la planificación de los pagos.





ABOGADO DIVORCIOS ALICANTE

Cita Previa: 650 59 44 46

viernes, 2 de agosto de 2019

ABOGADO DIVORCIO ALICANTE


ABOGADO DE DIVORCIO EN ALICANTE
Molina Navarro




En aras a ofrecerles el mejor servicio posible, como viene siendo habitual  nuestro despacho no cierra por vacaciones, estando a disposición de nuestros clientes durante todo el verano.

Estaremos atendiéndoles y ofreciéndoles nuestros servicios de asistencia y asesoría en procedimientos matrimoniales (separaciones, Divorcios, medidas padres no casados...) como habitualmente, en nuestro despacho de Alicante.



¡Concierta cita previa! 650. 59.44.46

martes, 4 de junio de 2019

DIVORCIO MUTUO ACUERDO ALICANTE



 TU DIVORCIO DE MUTUO ACUERDO EN ALICANTE




El único requisito para poder iniciar los trámites de divorcio es que hayan transcurrido más de tres meses desde la celebración de la boda. Siendo en la actualidad, totalmente innecesario el antiguo requisito de pasar por la separación antes que por el divorcio.

El procedimiento de divorcio de mutuo acuerdo, es un procedimiento mucho más rápido y económico que el convencional divorcio contencioso. En el mutuo acuerdo, serán los intervinientes los que acuerden las medidas que querrán reflejar en el divorcio.

Debemos diferenciar dentro del procedimiento de divorcio de mutuo acuerdo:

-       Divorcio sin hijos ni bienes: este procedimiento es considerado como un simple trámite burocrático, puede ser gestionado tanto notarial como judicialmente. Desde nuestro despacho, ofrecemos un precio mínimo acorde con el procedimiento.

-       Divorcio sin hijos, pero con bienes: este procedimiento puede gestionarse de forma judicial o notarial. Pese a ello nosotros recomendamos se realice judicialmente por el conste más elevado de realizar el reparto de bienes en notario.

-       Divorcio con hijos (con o sin bienes): obligatoriamente debe ser presentado en el juzgado al intervenir el ministerio fiscal para garantizar los intereses de los menores.


Teniendo en consideración las grandes ventajas que tiene el procedimiento de divorcio de mutuo acuerdo frente al contencioso. Aconsejamos tres simples pasos para lograr una conclusión satisfactoria del procedimiento.

1.- Buscar un abogado especializado en la materia y tratar el coste del procedimiento. (relación Precio – Calidad).

2.- Tratar los pormenores a regular en el divorcio (regulación relaciones con los hijos, reparto de bienes, pensiones…). Su abogado les ayudará en todos estos trámites.

3.- Solicitud de certificados; nuestro despacho solicitará todos los certificados necesarios para la interposición del procedimiento a excepción del certificado de empadronamiento que deberá ser solicitado por uno de los intervinientes.



DIVORCIO MUTUO ACUERDO EN ALICANTE
Avd. Maisonnave, 41, 1º G
03003 – Alicante
Tlf. 650594446
http://abogadosmatrimonialistasalicante.es/

lunes, 22 de abril de 2019

ABOGADO DE DIVORCIO EN ALICANTE ¿Que es un gasto extraordinario?



Debido a la multitud de preguntas que nos realizan sobre este concepto de gasto extraordinario y que se debe considerar como tal. Creemos conveniente publicar el presente artículo, en el que se detalla de forma clara su concepto, que se debe incluir como tal, forma en la que se deben abonar los gastos extraordinarios y en su caso la forma de requerir el pago en procedimiento judicial, según la jurisprudencia actual de los juzgados de familia en Alicante.









GASTOS EXTRAORDINARIOS:

Se procede de antemano a aclarar que, entre los mismos no se incluyen los gastos de matrícula escolar, libros y material escolar o ropa, ya que tienen la consideración de gastos ordinarios, conforme a la definición jurídica de alimentos establecida en el artículo 142 del Código Civil, según el cual además de entenderse por alimentos lo imprescindible para el sustento, habitación, vestido y asistencia médica del alimentista, incluyendo también la educación e instrucción del alimentista. En lo relativo a las actividades extraescolares o de ocio, de carácter no necesario o no recomendadas como refuerzo por el colegio o por prescripción o consejo médico o psicológico, solo se deberán de asumir al 50% las que se realicen por común acuerdo entre los progenitores, siendo en caso contrario asumido su pago por aquél que haya decidido la realización de dicha actividad. En todo caso, los gastos extraordinarios que no tengan carácter urgente deberán de ser consentidos por ambos progenitores, entendiéndose que el contrario consiente en la realización del gasto cuando, notificada la intención de realizar el mismo y su importe, con los documentos correspondientes, por cualquier medio fehaciente, dejare transcurrir el plazo de diez días sin mostrar oposición al mismo. En caso de discrepancia entre las partes sobre la procedencia del gasto, deberá de someterse a decisión judicial. Solo los de carácter urgente y necesario se podrán realizar sin previo consentimiento o autorización judicial.


En defecto de acuerdo entre los progenitores se considerarán como tales todos los derivados de enfermedad grave o prolongada, intervención quirúrgica, internamiento en centros sanitarios, ortopedia, gafas, dentista etc y en general, los médicos, sanitarios y farmacéuticos no cubiertos por la Seguridad Social o Seguros concertados por los padres, todos los gastos escolares distintos de la matrícula propiamente dicha, material escolar y libros, que puedan devengarse al inicio del curso escolar, como campamentos y excursiones organizadas por el propio centro y que formen parte de la programación del curso o clases particulares si fueran necesarias, los derivados de los estudios universitarios y postuniversitarios y de capacitación profesional en las cuantías que no estén subvencionados, las actividades extraescolares , que puedan realizar tales como clases de idiomas, deportes etc, viajes de formación, estudios y recreo. Los gastos extraordinarios se acreditarán mediante la correspondiente factura, o certificado emitido, donde conste el concepto y naturaleza del mismo y deberán ser comunicados al otro progenitor de cualquier forma fehaciente(fax, burofax, e mail etc) para que en el plazo de tres días otorgue su consentimiento y, caso de no hacerlo o que resulte imposible la comunicación con él y se acredite, podrá realizar dicho abono y reclamar su importe posteriormente en vía de ejecución.




lunes, 18 de marzo de 2019

DIVORCIO MUTUO ACUERDO EN ALICANTE




TRES SIMPLES PASOS PARA TU DIVORCIO DE MUTUO ACUERDO




El único requisito para poder iniciar los trámites de divorcio es que hayan transcurrido más de tres meses desde que se contrajo matrimonio. No siendo necesario en la actualidad primero proceder a la Separación y posteriormente al Divorcio.

El procedimiento de divorcio de mutuo acuerdo, es un procedimiento mucho más rápido y económico que el convencional divorcio contencioso. En el mutuo acuerdo, serán los intervinientes los que acuerden las medidas que querrán reflejar en el divorcio.

Debemos diferenciar dentro del procedimiento de divorcio de mutuo acuerdo:

-       Divorcio sin hijos ni bienes: este procedimiento es considerado como un simple trámite burocrático, puede ser gestionado tanto notarial como judicialmente. Desde nuestro despacho, ofrecemos un precio mínimo acorde con el procedimiento.

-       Divorcio sin hijos, pero con bienes: este procedimiento puede gestionarse de forma judicial o notarial. Pese a ello nosotros recomendamos se realice judicialmente por el conste más elevado de realizar el reparto de bienes en notario.

-       Divorcio con hijos (con o sin bienes): obligatoriamente debe ser presentado en el juzgado al intervenir el ministerio fiscal para garantizar los intereses de los menores.


Teniendo en consideración las grandes ventajas que tiene el procedimiento de divorcio de mutuo acuerdo frente al contencioso. Aconsejamos tres simples pasos para lograr una conclusión satisfactoria del procedimiento.

1.- Buscar un abogado especializado en la materia y tratar el coste del procedimiento. (relación Precio – Calidad).

2.- Tratar los pormenores a regular en el divorcio (regulación relaciones con los hijos, reparto de bienes, pensiones…). Su abogado les ayudará en todos estos trámites.

3.- Solicitud de certificados; nuestro despacho solicitará todos los certificados necesarios para la interposición del procedimiento a excepción del certificado de empadronamiento que deberá ser solicitado por uno de los intervinientes.



DIVORCIO MUTUO ACUERDO EN ALICANTE
Avd. Maisonnave, 41, 1º G
03003 – Alicante
Tlf. 650594446
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lunes, 4 de febrero de 2019

Excepciones a la custodia compartida - ABOGADO EXPERTO EN GUARDA Y CUSTODIA DE HIJOS EN ALICANTE



CRITERIOS DE DETERMINACIÓN PARA NO APLICAR UNA CUSTODIA COMPARTIDA


La guarda y custodia sobre los hijos comprende el ejercicio ordinario de la convivencia con un determinado progenitor, quien debe encargarse de velar por los hijos, educarles, alimentarles y darles una formación integral.


Actualmente como bien es sabido por el lector, existe la corriente general de considerar que el modelo de guarda y custodia más beneficiosa para el menor es la guarda y custodia compartida.
(El interés superior del menor viene reconocido en todas las normas nacionales e internacionales que regulan las situaciones que afectan a los menores de edad - LO 1/1996, de protección jurídica del menor; Convención Naciones Unidas 20-11-1989, de los derechos del niño; Carta Europea 8-7-92, de derechos del niño-).


Ahora bien, el establecimiento de dicha guarda y custodia compartida no siempre será lo más beneficioso para el menor, por consiguiente, en determinados supuestos la norma a aplicar será la custodia monoparental. Dichos supuestos por los que teniendo en consideración el beneficio superior del menor se aplicará la custodia monoparental a favor de uno de los progenitores serán:


-       No separar a los hermanos.


-       La mala relación entre los progenitores.



-       Situaciones de violencia familiar.


-       La lejanía entre los domicilios de los progenitores.


-       La dedicación pasada a la atención de los hijos.


-       Criterios educativos.


-       La disponibilidad de tiempo a dedicar al menor debido a la actividad laboral.


-       Edad de los hijos menores.


-       Opinión de los hijos menores (mediante dictamen pericial).


-       Situaciones de hecho anteriores a la resolución judicial.


-       Riesgo para el menor por enfermedad, toxicomanía o alcoholismo de los progenitores.


-       Valoración de la posible manipulación de los menores.



Todos estos supuestos son los que se van a tener en consideración actualmente para no aplicar una custodia compartida y por consiguiente determinar como más beneficioso para el menor, establecer una custodia monoparental a favor de uno de los progenitores.






Molina Navarro - ABOGADOS MATRIMONIALISTAS EN ALICANTE
avd. Maisonnave, 41, 1ºG
03003 - Alicante
tlf. 650594446 (Cita previa obligatoria).
http://abogadosmatrimonialistasalicante.es/



miércoles, 2 de enero de 2019

🥇 ABOGADO DE DIVORCIOS EL ALICANTE



Nuestras pretensiones para el 2019, son seguir consolidándonos como uno de los Despachos de referencia el la provincia de Alicante, en Derecho Matrimonial en general y en particular en Procedimientos de  Divorcios. Teniendo siempre como mira, el convertirnos en el mejor Despacho de Divorcios y Derecho Matrimonial de Alicante. 



Todo ello, basado en los cuatro estandartes de nuestra firma: Ética, Experiencia, Compromiso y atención personalizada.


Uno de los errores más habituales, que cometen las personas a la hora de buscar abogado, es limitar su búsqueda por temas económicos (el presupuesto más barato) o dejarse guiar por abogados poco especializados en la materia.


Nosotros entendemos que elegir un buen despacho de Abogados que vele por tus intereses, será el primer paso que marque la diferencia en un procedimiento judicial.



Inmersos en un procedimiento judicial (Separación, Divorcio, Custodia de hijos, Liquidación de bienes...), es importante contar con el respaldo de un abogado experto en la materia, con experiencia. Nuestro despacho, se encuentra profundamente especializado en procedimientos Matrimoniales y de Familia, siendo nuestro promedio de victorias muy positivo y destacable. 


Sea cual sea el problema que tenga relacionado con las materias en las que somos expertos, quedamos a su entera disposición.




ABOGADOS MATRIMONIALISTAS EN ALICANTE
Abogado de Divorcios y Separaciones en Alicante
Molina Navarro - Abogados

Avd. Maisonnave, nº 41, 1º G
03003 - Alicante
tlf. 650594446 (Cita previa).